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Decreto Supremo Nº 5509: Preguntas y respuestas clave

Habilitación de servicios de telecomunicaciones mediante satélites de órbita baja en Bolivia: alcance, razones e implicaciones.

Agramont Law Firm 22 dic 2025 6–8 min lectura
Contexto rápido

El Decreto Supremo N.º 5509 autoriza en Bolivia la implementación de servicios de telecomunicaciones mediante satélites de órbita baja (LEO), con el fin de ampliar cobertura, reducir brecha digital y fortalecer el acceso universal, en el marco de la Ley N.º 164 y su reglamentación sectorial.

Cobertura

Más alcance en zonas rurales y dispersas.

Capacidad

Mejora de la capacidad y resiliencia del sistema.

Regulación

Reglamentación por MOPSV y ATT en 30 días.

Preguntas y respuestas
¿Qué es el Decreto Supremo N.º 5509?

Es una norma del Órgano Ejecutivo que autoriza dentro del territorio boliviano la implementación de servicios de telecomunicaciones a través de satélites de órbita baja, en el marco de la Ley N.º 164 y su reglamento del sector.

¿Cuál es el objetivo principal del Decreto?

Ampliar la cobertura de los servicios, contribuir a la reducción de la brecha digital y fortalecer el acceso universal, habilitando formalmente el uso de tecnología satelital LEO.

¿Qué son los satélites de órbita baja (LEO)?

Son satélites que operan a menor altitud que los geoestacionarios, usualmente en constelaciones, permitiendo menor latencia y buena cobertura en áreas remotas, con disponibilidad comercial probada a nivel internacional.

¿Por qué Bolivia impulsa esta medida ahora?

Porque existe una tendencia global y regional de despliegue LEO con resultados efectivos para reducir brechas digitales, y además la vida útil del satélite geoestacionario actualmente en operación está prevista hasta 2028, por lo que se requieren medidas para continuidad y sostenibilidad posterior.

¿Esto reemplaza al satélite geoestacionario nacional?

No. El enfoque es de complementariedad: los LEO coadyuvan a ampliar capacidad y cobertura, y a incrementar la resiliencia del sistema de telecomunicaciones.

¿Qué marco legal respalda el Decreto?

Se fundamenta en la Constitución (acceso a servicios y carácter estratégico del espectro electromagnético) y en la Ley N.º 164, incluyendo el principio de neutralidad tecnológica.

¿Quién debe reglamentarlo y en qué plazo?

El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) deben reglamentarlo en un plazo de hasta 30 días calendario desde la publicación.

¿Qué impacto puede tener para la ciudadanía y empresas?

Mejoras en conectividad para áreas rurales, habilitación de nuevos servicios digitales, apoyo a educación y salud a distancia, y oportunidades para operadores y proveedores bajo cumplimiento regulatorio.

Nota informativa

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